Formación Obligatoria en Alérgenos (2025): ¿Quién Debe Realizarla y Qué Contenidos Mínimos Exige la Ley en España?
La gestión adecuada de los alérgenos en el sector alimentario se ha convertido en una prioridad para garantizar la seguridad de los consumidores y cumplir con la normativa vigente. A partir de 2025, en España, la formación obligatoria en alérgenos será un requisito imprescindible para ciertos profesionales del ámbito de la alimentación, con el objetivo de reducir riesgos y mejorar la información proporcionada a los clientes.
¿Quiénes están obligados a realizar esta formación?
La normativa establece que el personal que participe en cualquier fase de la cadena de producción, transformación, distribución y venta de alimentos debe contar con conocimientos adecuados sobre alérgenos. Esto incluye, entre otros:
– Trabajadores en restaurantes, cafeterías, bares y servicios de catering.
– Personal en supermercados, tiendas de alimentación y cadenas de distribución.
– Personal en empresas de fabricación y envasado de productos alimenticios.
– Personal encargado de la manipulación y control de alimentos en centros de producción.
– Personal de control de calidad y seguridad alimentaria.
En resumen, cualquier trabajador que tenga contacto directo con los alimentos o participe en procesos que puedan afectar la seguridad alimentaria está sujeto a la formación obligatoria en alérgenos.
Contenidos mínimos exigidos por la ley
La legislación establece un marco de formación que debe cubrir aspectos esenciales relacionados con los alérgenos alimentarios. Los contenidos mínimos incluyen:
1. Identificación de los alérgenos alimentarios: reconocimiento de los principales alérgenos que deben declararse según la normativa europea, como los cacahuetes, frutos secos, gluten, soja, leche, huevo, pescado, moluscos, entre otros.
2. Reconocimiento de alimentos que contienen alérgenos: comprensión de cómo identificar y gestionar productos que contienen o pueden contener alérgenos, tanto en ingredientes como en procesos de preparación.
3. Medidas preventivas y buenas prácticas de higiene: procedimientos para evitar la contaminación cruzada y garantizar la integridad de los alimentos en relación con los alérgenos.
4. Información y etiquetado: conocimientos sobre cómo comunicar de manera clara y eficaz la presencia de alérgenos en los alimentos, incluyendo la interpretación de las etiquetas y la comunicación con los clientes.
5. Procedimientos en caso de alergia alimentaria: acciones a seguir en situaciones de reacción alérgica, incluyendo primeros auxilios y protocolos de actuación.
Es importante destacar que, además de estos contenidos mínimos, la formación deberá adaptarse a las funciones específicas de cada trabajador y a las particularidades del establecimiento en el que desempeña su labor.
Requisitos y duración de la formación
La formación en alérgenos debe ser realizada por personal cualificado y acreditado, con programas actualizados que reflejen la normativa vigente. La duración mínima suele establecerse en función de las funciones del trabajador, pero generalmente se recomienda una formación inicial de varias horas, complementada con sesiones de actualización periódicas.
Asimismo, la ley exige que estos conocimientos se renueven de manera regular, para mantener la competencia del personal y adaptarse a posibles cambios en la legislación o en los procesos productivos.
En conclusión, la formación obligatoria en alérgenos en 2025 en España representa un paso fundamental para mejorar la seguridad alimentaria y la protección de los consumidores con alergias o intolerancias. La correcta capacitación del personal no solo cumple con la normativa legal, sino que también contribuye a la confianza y satisfacción del cliente, además de prevenir incidentes que puedan afectar la salud pública.